Convocatoria INEA – Programa 2: abierta desde el 12/11/2025 a las 9:00. Ayudas por orden de entrada. ¡Solicítala cuanto antes!

Programa 2 · INEA · Andalucía

Ayudas para instalaciones fotovoltaicas dirigidas a EMPRESAS

Intensidad según tipo y empresa* · concesión por orden de entrada.

Gestionamos tu solicitud y ejecutamos la instalación llave en mano: con o sin baterías. Inicio de plazo: 12/11/2025 a las 9:00.

Confía en los mejores profesionales para gestionar tu ayuda

Amplia experiencia en gestión de subvenciones de la Junta de Andalucía: más de 200 tramitadas.

 

¡Convocatoria abierta!

Plazo de solicitud desde 12/11/2025 a las 9:00. Las solicitudes se atienden por orden de entrada. Si tu empresa quiere asegurar fondos, empecemos hoy.

  • Instalaciones nuevas de autoconsumo fotovoltaico (con o sin baterías).
  • Elegible para pymes y grandes empresas de múltiples CNAE.
  • SolarDust tramita tu expediente y ejecuta la obra.

* El porcentaje final depende del tipo de actuación, tamaño de empresa y moduladores de la Orden/Convocatoria INEA; lo confirmamos en el estudio previo.

Tipos de actuaciones subvencionables según tu actividad

Elige tu caso para conocer requisitos y cómo calcular tu % de ayuda.

Para empresas en general – Tipo 2.2

Autoconsumo en edificios y naves de la empresa (con o sin baterías)

Instalaciones nuevas en cubiertas o suelo del edificio no residencial. Posibilidad de almacenamiento en la misma inversión (≤ 5 kWh/kW y ≥ 75% de absorción anual de la instalación renovable asociada). Consumo en el propio edificio (oficinas, logística, terciario…). Requiere auditoría energética previa y auditoría de ejecución. Costes elegibles: hasta el 2% (previa) y 5% (ejecución) de la inversión incentivable. Sólo equipos nuevos (no se reutilizan).

Moduladores que pueden aumentar tu %

Tamaño de empresa (pyme), beneficios ambientales directos, servicios energéticos, municipios de reto demográfico, entre otros previstos en las bases.

Para industria y cadena agroalimentaria – Tipo 2.4

Autoconsumo para procesos productivos (con o sin baterías)

La energía se destina principalmente al proceso y, en su caso, a los edificios del proceso. Baterías elegibles si van en la misma inversión y cumplen ≤ 5 kWh/kW y absorben ≥ 75% de la energía anual de la instalación renovable asociada. Equipos siempre nuevos (no se reutilizan). Requiere auditoría energética previa y auditoría de ejecución. Costes elegibles: hasta el 2% (previa) y 5% (ejecución) de la inversión incentivable.

Moduladores que pueden aumentar tu %

Pyme, beneficios ambientales directos (reducción de CO₂), servicios energéticos, comunidades energéticas, ubicación con externalidades positivas, entre otros.

* Los porcentajes exactos para 2.2 y 2.4 se calculan sumando un incentivo base más incrementos si aplican, con límites según el Catálogo/Convocatoria.

Ayudas INEA – Programa 2 (sector empresarial y cadena agroalimentaria)

¿Quién puede solicitar?
  • • Empresas (pymes y no pymes) y sus agrupaciones, incluidas ESEs, siempre que desarrollen actividad encuadrada en los CNAE de la convocatoria.
  • • Comunidades de energía con miembros que realicen actividad económica.
Base legal: Orden 24/04/2025 (INEA) y convocatoria Programa 2 (27/10/2025).
¿Qué financia el Programa 2?
  • Autoconsumo fotovoltaico en procesos/instalaciones y edificios no residenciales, con o sin almacenamiento. Sólo equipos nuevos.
  • • Condiciones para baterías: capacidad ≤ 5 kWh/kW y deben absorber ≥ 75% de la energía anual producida por la instalación renovable asociada.
Según anexos de bases y FAQs oficiales.
Intensidad e importes
  • • Régimen de concurrencia no competitiva (por orden de entrada).
  • • La intensidad depende del tipo de actuación y tamaño de empresa; se compone de porcentaje base + moduladores.

Mínimo incentivable: 10.000 € de incentivo (no del presupuesto).

Requisitos y elegibilidad
  • • Las actuaciones no pueden estar iniciadas ni facturadas con anterioridad a la presentación de la solicitud (empresas). Se permiten actuaciones preparatorias (permisos, estudios) si son posteriores a la entrada en vigor de las bases.
  • Inicio de los trabajos: primer compromiso en firme que haga irreversible la inversión (p. ej., pedido firmado).
  • • Una solicitud puede incluir varias actuaciones del mismo tipo/subtipo.
  • • Costes de gestión de ayudas no son incentivables; sí las consultorías exigidas por bases (auditorías, certificados cuando apliquen).
Plazos y tramitación
  • • Convocatoria abierta desde 12/11/2025 a las 9:00. Fondos limitados, adjudicación por orden de entrada.
  • • Ejecución: fecha límite fijada en la resolución de concesión.
  • • Representación: la instaladora puede actuar como representante del beneficiario.

Para 2.2 y 2.4: auditoría previa obligatoria antes de ejecutar y auditoría de ejecución en la justificación (modelos de la plataforma).

* Confirmamos tu encaje exacto (CNAE, tipo de actuación e intensidad aplicable) en el estudio previo sin coste.

Cómo conseguimos tu ayuda

01
Diagnóstico y visita técnica
Estudio de consumos, tejado y potencia óptima.
02
Solicitud INEA – Programa 2
Preparamos documentación para entrar cuanto antes (orden de entrada).
03
Ejecución y legalización
Instalación, puesta en marcha, CIE y tramitación con distribuidora.
04
Seguimiento y ahorro
Monitorización y asesoramiento energético continuo.

Pide tu estudio subvencionable

Cuéntanos sobre tu empresa y aceleramos la solicitud INEA. Recuerda: orden de entrada desde el 12/11/2025 a las 9:00.

Acepto el tratamiento de datos conforme a la política de privacidad y deseo tramitar la subvención INEA – Programa 2.